domingo, 23 de enero de 2022

Carta de Pago, de Hipólita Palomino Vda.de Salcedo a favor de Don Enrique Salcedo , Julio, 1899

1899, Julio. Carta de Pago, de Hipólita Palomino Vda.de Salcedo a favor de Don Enrique Salcedo

Sírvase extender en su registro de escritura pública  una por la cual conste que Yo Hipólita  reconozco deber a mi cuñado   Don Enrique Salcedo y Ruíz la suma de Tres mil doscientos noventa y cuatro soles  veintisiete centavos plata  provenientes de diferentes prestadas que tanto en dinero como en mercaderías me han cumplido  para el sostenimiento de mi familia e  hijos, los mismos que voy a pagarle en el momento de firmar esta escritura, declarando que el pago voy a hacerle con los tres mil soles  en que acabo de vender  al señor Don Ricardo Salcedo todos las acciones y derechos que me corresponden en la testamentaria de los  Señores Don Manuel Salcedo y Doña Josefa Ruíz de Salcedo  y el resto con dinero que he obtenido en una prenda  que he vendido con tal objeto.

Yo Enrique Salcedo acepto  la deuda que se me reconoce en  virtud de esta escritura y otorgo a la vez carta de pago y cancelación total de ella

Chepén Julio 30 de 1899 Hipólita Palomino Vda. de Salcedo     Enrique Salcedo

Doy fe que recibió en letras de la manera siguiente……………..giradas a favor de Don  Ricardo Salcedo a  cargo del Banco del Perú y  Londres  de Lima  y endosadas por este a favor de Don Enrique Salcedo

Testigos

Don Pedro  Noriega, Don Ezequiel  Gonzales Cáceda   y Don  Pedro Cueva

Firman ante mi Juan Antonio Bonifaz  Notario Público

 

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martes, 11 de enero de 2022

Pilar Salcedo en autos (1902) con Ricardo Salcedo, sobre nulidad de escritura

  Pilar Salcedo en autos con Ricardo Salcedo sobre nulidad de escritura de mi haber materno contestando el traslado que se me ha conferido

Pilar Salcedo Ruíz 



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domingo, 9 de enero de 2022

Ricardo Salcedo Ruíz (1899) con los herederos de la Testamentaría de Doña Josefa Ruiz Vda. de Salcedo

  Ricardo Salcedo Ruiz con los herederos de la Testamentaria de Doña Josefa Ruíz Vda.de Salcedo.

14 de Abril1899

Sr.Doctor Manuel Morote

Dice Ricardo: mi madre ejerció la guarda legítima que le correspondía sobre su menor hijo, mi hermano Augusto Salcedo

También administró la parte del menos en los demás bienes comunes indivisorios

Por la patria potestad hizo suyo la madre guardadora los frutos de los bienes del menor, quedando por lo tanto responsable de los bienes que recibió, que no entregó al citado mi hermano Don Augusto al llegar a la mayoría de edad

Ahora bien, Don Augusto Salcedo hermano mío, me vendió la hijuela que le correspondía en la herencia transfiriéndome hasta sus acciones y derechos sobre los bienes existentes y sobre cualquier otro que se descubriesen en lo sucesivo por el precio estipulado en la escritura el 14 de mayo de 1891 ante el notario público Don Juan Ignacio Barnizan

En este mismo y por el derecho que me acuerda entablo demanda contra la Testamentaria de mi finada madre Doña Josefa R.  Vda de Salcedo para que se me abone la cantidad de veinticinco mil soles de plata precio de los citados bienes recibidos por la guardadora en la que están incluidos los intereses devengados

Por lo tanto, pido se digne dar por interpuesta esta demanda

Otro si digo: Que las personas que deben ser citadas en esta demanda  como herederas y miembros de la testamentaria  de mi madre Doña Josefa  R. Vda. De Salcedo  son Doña Beatriz, Doña Isabel W, Doña Virginia,  Doña María Salcedo, Doña Rosa Elvira Salcedo de Zapata, los menores Don Federico, Doña Zarela Luisa, Don Julio Augusto, y Doña Olinda del Rosario, a quienes representa su señora madre  y guardadora  Doña Hipólita Palomino Vda. De Salcedo

Otro si digo: Que mi hermana la Srta. Beatriz Salcedo se encuentra ausente en Hamburgo, Alemania, pero tiene apoderado en esta capital, para que la represente en juicios a Don José Canales, por lo que pido a Ud.se entienda con el.

Otro si digo: Que entre las personas que deben ser citadas  se encuentra ausente de esta capital  Doña Rosa Elvira Salcedo de Zapata, Doña María Albina Salcedo de Lara, Doña Ortencia Salcedo de Ojeda,  y Doña Hipólita Palomino de Salcedo,  por lo que pido librar exhorto al juez de Pacasmayo

Lima 12 de abril de 1899

Ricardo Salcedo

En todos los casos dicen haber llevado las citaciones, y en todos los casos salió la sirvienta a quien se le entrego, ofreciéndole entregársela a la titular.

Solamente en el caso de Ignacio Lara, la recibió pero no firmó y lo hace un testigo del que doy fe 


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sábado, 8 de enero de 2022

Ricardo Salcedo solicita (1899) la patria potestad de su hermano menor Augusto Salcedo Ruiz

   Ricardo Salcedo solicita la patria potestad de su hermano 

Ricardo Salcedo Ruíz 


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Don Ricardo Salcedo con los Herederos de la Testamentaría de Doña Josefa Ruíz Vda. De Salcedo

                                                                                                                              Ordinaria

                                                                                                              Sobre cantidad de soles

                                                                                                              Lima Abril 1899

                                                               Juez

                               El Señor Doctor Manuel V. Morote

(Sello Luis Villarán – Lima – Escribano de Estado)

 

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Sr. Juez de 1ª Instancia

Ricardo Salcedo, Domiciliado para los efectos legales, en la calle de Negreiros N° 82 reja izquierda, ante usted en la forma que mejor provea digo que mi Sra. Madre Doña Josefa Ruíz Vda. De Salcedo ejerció durante su vida la guarda legítima que le correspondía de su menor hijo y mi hermano Don Augusto Salcedo, habido en su legítimo matrimonio con mi señor Padre Don Manuel Salcedo y uno de los herederos de este, recibiendo como guardadora de dicho menor, la parte que a él le correspondió de los bienes que se repartieron de nuestro señor Padre. También administró la parte del menor en los demás bienes comunes (indivisos hasta ahora) con doble título: El Citado de Guardadora y el de Administradora General de la Testamentaria de Don Manuel Salcedo, cargo que desempeñó hasta su fallecimiento.

Por la Patria potestad conforme al artículo 287 C.C. Inciso 6° hizo suyos la madre guardadora los frutos de los bienes del menor, quedando por lo tanto responsable únicamente del valor de los bienes que recibió y que no entregó al citado mi

DSCN3450 hermano Don Augusto al llegar este a la Mayor edad.

   Ahora bien, Por Juez, Don Augusto Salcedo, hermano mío,  me vendió la hijuela que le correspondía en la herencia  indivisa de nuestro finado por Padre Don Manuel Salcedo como heredero mejorado por este, transfiriéndome todas sus acciones y derechos, sobre los bienes existentes y sobre cualquiera otra Corporales o Incorporales que se descubriesen en lo sucesivo, como pertenecientes a la Testamentaria del padre en común, por el precio y demás condiciones estipuladas en la escritura queme otorgó en Mayo 14 de 1891 y fue ante el Notario Público Don Juan Berninzán que en Testimonio acompaño

En este ¿? Y en el derecho que me acuerda tal cesión, entablo Demanda contra la Testamentaría de mi finada madre Doña Josefa R. Vda. De Salcedo para que se me abone la cantidad de veinte y cinco mil soles de plata precio de los citados bienes recibidos

Folio por la guardadora y en los que están incluidos los intereses devengados hasta el día, es decir desde el 16 de Mayo de 1889, mil ochocientos ochenta y nueve fecha en que se le debió entregar su capital y del cual es responsable la herencia por no haberla entregado.

                Por Tanto

A.U.S. Pido se digne dar por interpuesta esta Demanda y, susaneiandola por su debido trámite declarándola firmada en su oportunidad.

Otro si digo: Que las personas que deben de ser citadas de esta demanda como herederos y miembros de la Testamentaría de mí Sra. Madre Doña Josefa Ruíz Vda. De Salcedo, son: Doña Beatriz, Doña Isabel W, Doña Virginia y Doña María Salcedo, Doña Rosa Elvira Salcedo de Zapata, Doña María Albina Salcedo de Lara, Doña Hortensia Salcedo de Ojeda, los menores Don Federico, Doña Zarela Luisa, Don Julio Augusto, y Doña Olinda del Rosario, á quienes representa su Señora madre y guardadora Doña Hipólita Palomino Vda. de Salcedo.

Otro si digo: Que mi hermana la Señorita Beatriz Salcedo se encuentra ausente en Hamburgo, Alemania

DSCN3451 pero tiene por apoderado en esta capital, para que la represente en juicio, a Don José Canales, por lo que pido a usted se entienda con el la citación, dignándose usted otorgarle el plazo de sesenta días para que pida y reciba instrucciones.

Otro si digo: Que entre las personas que deben de ser citadas de esta demanda se encuentra ausente de esta capital: Doña Rosa Elvira Salcedo de Zapata, Doña María Albina Salcedo de Lara, Doña Ortencia Salcedo de Ojeda, y Doña Hipólita Palomino de Salcedo guardadora y representante de sus cuatro  menores hijos, por lo que pido a Usted se digne librar exhorto al juez de Pacasmayo para que se les cite a fin de que estén a derecho en esta Capital, por si opor medio de Apoderados debidamente instruido y expresado. Entre líneas = Salcedo =

(firma) R. Loredo                                                                            Lima Abril 12 1899

                                                                                                              (Firma) Ricardo Salcedo

Recibido hoy dos 2 de abril  a las dos de la tarde

                                                                                                                              (Firma) Villasono?

 

 

 

Lima abril catorce de mil ochocientos noventa y nueve

Por presentados con el Testimonio de la Escritura que se acompaña, en la formidad señalados de la demanda. Al primer otro si tenga el pre

Folio sente; alegamos hágase saber este auto a Don José de Canales a quién desde ahora se le concede el plazo de noventa días para que pueda pedir y recibir instrucciones; y al tercer librar el exhorto que se solicita con el fin de que responda

(Firma) Morote                                                                                               (firma) Villarán

 

En la misma fecha hice saber el auto ante mí a Don Ricardo Salcedo en mi oficio, enterado de su contenido, firmó y doy fe.-

(Firma) Salcedo                                                                                               (firma) Villarán

 

 En quince del mismo mes hice saber el auto a las diez de la mañana a Don José Canales en mi ofici enterados de su contenido firmó doy fe

(Firma) Canales                                                                                               (firma) Villarán

 

En la misma fecha siendo las cuatro y media de la tarde hice saber el propósito a Doña Isabel W.  Salcedo en su domicilio Carrera ¿’ ochenta y cinco, enterados le di esquela por?? Firmó doy fe

(Firma) Isabel W. Salcedo                                                                                           (firma) Villarán

En la misma fecha hice saber el mismo auto  a Doña Virginia Salcedo por esquela que entregué en su domicilio

DSCN3452  señalado Calle de Calonfe número treinta y siete, altos, después de haberlo solicitado a un sirviente quién me ofreció dársela, me firmó, lo hace en testigos, doy fe

 (Firma) Carbajal                                                                                             (firma) Villarán

En seguida hice otra como la anterior a Doña María Salcedo por esquela que entregué en su domicilio señalado Calle de Calonfe número treinta y siete altos, después de haberlo solicitado a un sirviente quién me ofreció dársela, me firmó, lo hace en testigos, doy fe

 (Firma) Carbajal                                                                                             (firma) Villarán

 

En quince de septiembre del año en curso a las tres de la tarde hice saber el proveído de fojas quince vuelta a Don Ignacio Lara en mi oficio, enterado no firmó y lo hace un testigo, doy fe

(Firma) Mericet                                                                                               (firma) Villarán

 

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1899 Cronología y algunos nombres mencionados en la petición de Patria Potestad de Augusto Salcedo que solicita Ricardo Salcedo

Ricardo Salcedo                Vivia en Negreiros N°82, Lima

Manuel V. Morote          Juez

Luia Villarán                       Escribano

12 Abril de 1899               Ricardo Salcedo al pedir la patria potestad de su hermano Augusto, manifiesta que Augusto le había vendido sus bienes, diciendo : me vendió la hijuela que le correspondía en la herencia  indivisa de nuestro finado por Padre Don Manuel Salcedo como heredero mejorado por este, transfiriéndome todas sus acciones y derechos, sobre los bienes existentes y sobre cualquiera otra Corporales o Incorporales que se descubriesen en lo sucesivo, como pertenecientes a la Testamentaria del padre en común, por el precio y demás condiciones estipuladas en la escritura queme otorgó en Mayo 14 de 1891 y fue ante el Notario Público Don Juan Berninzán que en Testimonio acompaño en este ¿? Y en el derecho que me acuerda tal  cesión, entablo Demanda contra la Testamentaría  de mi finada madre Doña Josefa R. Vda. De Salcedo  para que se me abone la cantidad de veinte y cinco mil  soles de plata precio de los citados bienes recibidos

José Canales                      Apoderado representante de Beatriz salcedo en los juicios

Juan Berninzán                 Notario Público

Beatriz Salcedo                 se encontraba en Hamburgo

Isabel W

Virginia

María Salcedo

 Rosa Elvira Salcedo de Zapata

María Albina Salcedo de Lara

Hortensia Salcedo de Ojeda

Federico                                             Menor

Zarela Luisa                                        Menor

Julio Augusto                                    Menor

 Olinda del Rosario                          Menor. A quienes representa su Señora madre y guardadora Doña Hipólita Palomino Vda de Salcedo


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viernes, 7 de enero de 2022