por haberla comprado de su orden quién parece pretende tener derecho a otras tierras del Colegio que no son anexas a dicho Talambo, ni se incluyeron en la venta por haberse ¿? en ellas por un mil y cuatrocientas fanegadas en este particular hará dicho Reverendo Padre Prior las gestiones respectivas
DSCN2749 Se le aclaró a Don Joseph Bernui que las tierras de Joploc pertenecen a la Hacienda Lurifico de Don Antonio de los Santos al paso que en aquel día de la Posesión por el examen que se hizo de la punta que remata en las dos acequias de Chepén y la antigua de Pocupe, se había descubierto el legítimo lugar de las tierras de Joploc del Colegio; y que las otras que se parecían entre Lurifico, no eran sino de aquella Hacienda como pertenecientes a este Convento de Guadalupe. Y de que provino la mencionada Demanda de despojo, amparo y recesión, y que ha propuesto el mencionado Eclesiástico, en vista de que el colegio solo pagó seis mil y el las compró a trece mil pesos.
DSCN2751, Finalmente el dicho Reverendo padre rector jubilado Prior del Convento de Guadalupe en nombre del rector del Colegio San Ildefonso, en busca de la paz y buena armonía se combinó y transó con el Presbítero Josef Bernui que las tierras de Joploc de 40 fanegadas pertenecen al Convento caigan donde caigan, para aclarar y purificar la disputa mezclada con las tierras de la Hacienda Lurifico,
Todas las demás tierras que han corrido próximas con la Hacienda de Talambo bajo los nombres de Cosleche que están al pie de la cordillera del cerro grande de Talambo de donde se mira para la otra suerte de tierras nombradas, Mancoche: y de donde separa a la Rinconada de tierras de Chamán que es por donde se dividen o por el camino Real de la Sierra, y Las Viejas y las otras nombradas Checos De Donde se va a dar a las Cordilleras de la Sierra deslindando las tierras nombradas Moro. Y finalmente las tierras de Pocupe que están por las Partes del río arriba con todas las demás que juntas con aquellas han corrido por Del Colegio Declara Dicho Reverendo Padre Prior como su Apoderado que las da por unidas a
DSCN2752 la Hacienda de Talambo y vendidas en esos tiempos como si en aquella Escritura en que otorgó la venta al Rector en veinte y siete de marzo de mil ochocientos uno ante el dicho Escribano Público Antonio Luque, se hubieran comprendido y expresado para lo que se tenga esta Escritura de Compromiso, por una con aquella de venta sin diferencia alguna y en ninguna manera por segregadas aquellas tierras que por sus nombres se han Distinguido y las demás sigue por falta de nombre dada en esta ocasión en cualquier otro tiempo, se ¿?? No haberse comprendido por que nada lo excluye a excepción de las cuarenta fanegadas de tierras de Joploc, Y que así de todas las otras el Dicho Presbítero Don Josef Bernui las haya y goce como dueño de la Hacienda de Talambo, Renta y Disponga a su Arbitrio en su beneficio, y en el de los suyos para la posteridad
El 20 de septiembre de 1851 la Hazienda Talambo, es vendida por la heredera Doña Antonia Bernuy, y su esposo Don José Francisco de la Torre al Señor Don Manuel Salcedo, bajo límites del inventario realizado en 1846,
En 1853 Manuel Salcedo realiza unas mejoras en el río Jequetepeque y en quebradas aguas arriba para mejorar el caudal. Con el producto de ese mayor volumen de agua logrado, denuncia y pide al estado le sean adjudicadas unos terrenos baldíos. Folios DSCN2760 - DSCN2761
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